Con el seguro deudor brinda tranquilidad a quienes están asegurados y sus familias. Con él cuentan con un respaldo en su obligación crediticia, en caso de muerte o incapacidad total y permanente.

Es importante tener en cuenta que el pago de la reclamación corresponde a la deuda informada por el BANCO CONTACTAR S.A. a la fecha de muerte o incapacidad total y permanente, según el análisis de la COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A.

Requisitos

  • Contar con un crédito de las líneas Microcrédito o Mipyme de Banco Contactar.

  • Edad: corresponde a la cumplida a la fecha del desembolso.

  • Edad ingreso cobertura de muerte: mínimo tener 18 años y máximo 85 años y 364 días. El límite de permanencia es ilimitada o hasta finalizar la deuda.

  • Edad ingreso cobertura incapacidad total y permanente: mínimo tener 18 años y máximo 72 años y 364 días. El límite de permanencia es hasta los 74 años y 364 días.

Coberturas

Muerte
La COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A. pagará al asegurado el valor contratado para esta cobertura, incluyendo suicidio, homicidio, terrorismo, terremoto, embriaguez y atraco y muerte por SIDA no preexistente, ocurrido durante la vigencia de la póliza, adicionalmente se otorga cobertura cuando se dé origen a la declaración judicial de presunción de muerte por desaparecimiento, de acuerdo con lo definido en el artículo 1145 del código de comercio. La COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A. pagará al beneficiario el valor asegurado para esta cobertura en caso de fallecimiento por las causas señaladas. El pago del valor asegurado para este amparo generará la terminación automática del contrato de seguro.
Incapacidad total y permanente
La COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A. pagará al asegurado el valor contratado para esta cobertura, como consecuencia de una enfermedad o accidente sufrido por el asegurado, siempre y cuando haya sido ocasionada o se manifieste dentro de la vigencia de la póliza y le produzca una Incapacidad Total y Permanente, igual o superior al 50%, y persista por un período continuo no menor a ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la fecha en la cual se realiza el diagnóstico que genera la Incapacidad Total y Permanente por primera vez, para el caso de las enfermedades, para los accidentes corresponde a la fecha del accidente que deberán estar dentro de la vigencia de la póliza. Para efectos de esta cobertura la fecha de siniestro será la fecha de estructuración que figure en el dictamen de calificación de la Incapacidad Total y Permanente. Para los regímenes exceptuados al Sistema General de Seguridad Social la fecha del siniestro será la fecha de estructuración que figure en el dictamen de calificación de la Incapacidad Total y Permanente salvo que no se determine en el dictamen, caso en el cual y de manera subsidiaria la fecha del siniestro será la fecha de la resolución emitida por la entidad competente del régimen exceptuado.

Exclusiones

Muerte
Sin exclusiones
Incapacidad total y permanente

Personas en condición de discapacidad definidas como:

  • Personas con pérdida total de la visión por ambos ojos
  • Personas con pérdida total de la audición de ambos oídos
  • Personas con pérdida del habla
  • Personas que sufran de epilepsia
  • Personas con trastornos mentales y drogadicción

  • La COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A. no tiene riesgos excluidos por actividad, únicamente para la cobertura de ITP no habrá cobertura para asegurados que ya tengan pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%.

    Derechos, responsabilidades y obligaciones

    Asegurado

  • Es el responsable del pago de primas.
  • Está obligado a declarar sincera y honestamente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo.
  • Es el responsable de la lectura de las condiciones particulares del producto vida grupo deudores.
  • La aseguradora

  • Es responsable del pago al asegurado o a los beneficiarios, según corresponda, la indemnización a la que está obligada según términos y condiciones de la póliza.
  • Es responsable de los demás derechos y obligaciones contemplados en el contrato.
  • Límite del valor asegurado

    Línea de crédito Edad Monto
    Microcrédito
    De 18 hasta 75 años y 364 días calendario
    Hasta $300.000.000 por persona en una
    o varias operaciones de crédito.
    Hasta $20.000.000 por persona en una
    o varias operaciones de crédito.
    Línea Mipyme
    De 18 hasta 75 años y 364 días calendario
    Hasta $300.000.000 por persona en una
    o varias operaciones de crédito.
    Hasta $10.000.000 por persona en una
    o varias operaciones de crédito.

    Cobertura de Preexistencias:

    La COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLÍVAR S.A. otorga cobertura de preexistencias para valores asegurados que no superen los $100.000.000 y asegurados menores de 75 años.

    Tarifas

    Línea de crédito Tasa Mensual
    Microcrédito 0,833 %
    Mipyme 0,417 %